Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes

Applies to/Se aplica a

Prácticas de los Estados
Leyes de los Estados
Casos individuales
Acción urgente
Sólo menores de 18 años

Resumen

La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (ver http://www.laconvencion.org/index.php?descargas/index/cidj,pdf&PHPSESSID...) fue firmada en 2005 en la ciudad española de Badajoz, y entró en vigor el 1 de marzo de 2008. Se aplica a los Estados que la han ratificado, y está limitada a la región iberoamericana, que también incluye a España, Portugal y Andorra en Europa.
La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes define “joven” como aquella persona de entre 15 y 24 años de edad.
La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes reconoce explícitamente en su artículo 12 el derecho a la objeción de conciencia, y prohíbe el reclutamiento de menores de 18 años:
1. Los jóvenes tienen derecho a formular objeción de conciencia frente al servicio militar obligatorio.
2. Los Estados Parte se comprometen a promover las medidas legislativas pertinentes para garantizar el ejercicio de este derecho y avanzar en la eliminación progresiva del servicio militar obligatorio.
3. Los Estados Parte se comprometen a asegurar que los jóvenes menores de 18 años no serán llamados a filas ni involucrados, en modo alguno, en hostilidades militares.

Aunque actualmente no existe ningún mecanismo que supervise la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, los Estados que la han ratificado deben enviar un informe cada dos años a la Secretaría General de laOrganización Iberoamericana de la Juventud. El Secretario General de turno informa a la conferencia semestral de ministros iberoamericanos con responsabilidades en políticas de juventud.

1. Resultados probables del uso del mecanismo

Puesto que no existe actualmente ningún mecanismo de supervisión en relación con la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, el mejor resultado posible es la inclusión de una violación de la Convención en el informe del Secretario General a la Organización Iberoamericana de la Juventud.

2. A qué Estados es aplicable el mecanismo

El mecanismo es aplicable a los Estados que han ratificado la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes. Puede consultarse una lista de países que han ratificado la Convención en http://www.laconvencion.org/index.php?secciones/mapa.

3. Quién puede presentar información

Cualquiera puede presentar información a Organización Iberoamericana de la Juventud.

4. Cuándo presentar la información

Como no hay mecanismo de supervisión, no existe indicaciones claras de cuándo es mejor presentar información. Sin embargo, hay dos oportunidades principales:

  • después de que un país haya presentado su informe semestral de acuerdo al artículo 35 de la Convención de la Juventud ”sobre el estado de aplicación de los compromisos contenidos en la presente Convención”. Esto puede contestarse con un informe por parte de una ONG que destaque las violaciones de la Convención. Los informes de los Estados pueden consultarse en http://www.laconvencion.org/index.php?secciones/estudios
  • de forma oportuna antes de la conferencia semestral de ministros iberoamericanos con responsabilidades en políticas de juventud.

5. Reglamentos especiales o consejos para presentar la información

No existen reglamentos especiales. Cuando se presenta un informe contestando a un informe estatal, es recomendable hacer referencia a las secciones pertinentes del informe estatal.

6. Qué sucede con la información presentada (cuánto tardará)

Al no haber un mecanismo claro, no existen indicaciones de qué puede pasar con la presentación.

7. Historial de uso del mecanismo

Este mecanismo no ha sido usado hasta el momento para casos de objeción de conciencia al servicio militar.

Datos de contacto: 
OIJ - Organización Iberoamericana de Juventud Paseo de Recoletos 8 - 1a Planta 28001 - Madrid (España) Tel +34-91-369 02 84/03 50 Fax +34-91-577 50 39 Email oij@oij.org Sitio web: http://www.oij.org
Lecturas complementarias: 
  • Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, http://www.laconvencion.org/index.php?descargas/index/cidj,pdf&PHPSESSID...
  • Precedentes (Jurisprudencia)

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