Comunicación: Gobierno: Grecia, enviada el 9 de junio de 2005

Comunicación: Gobierno: Grecia, enviada el 9 de junio de 2005
Fecha: 
27/03/2006

138. La Relatora Especial está agradecida por la detallada respuesta a su comunicación. Sin embargo, quiere destacar con preocupación los estrictos límites temporales para solicitar el estatus de objetor de conciencia. A este respecto, la Relatora Especial llama la atención del Gobierno sobre la Recomendación del Consejo de Europa 1518(2001), que invita a los Estados miembros a introducir en su legislación ‘el derecho a ser reconocido como objetor de conciencia en cualquier momento antes, durante o después de la conscripción o realización del servicio militar’. Esto reconoce que la objeción de conciencia puede desarrollarse con el tiempo, incluso después de que una persona haya participado en actividades de entrenamiento militar.“

límites temporales Reconocido