Informe del Relator Especial sobre Libertad de Religión o de Creencias: visita a Grecia

Informe del Relator Especial sobre Libertad de Religión o de Creencias: visita a Grecia
Fecha: 
07/11/1996

40. El Relator Especial llama la atención sobre la resolución 1989/59, de 8 de marzo de 1989 de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, reafirmada inter alia en 1991 (resolución 1993/84 de 10 de marzo de 1993), que reconoce 'el derecho de toda persona a tener objeciones de conciencia al servicio militar como ejercicio legítimo del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, como establece dispone el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como el artículo 18 del Pacto Internacional sobre los Derechos Sociales y Políticos' (párr. 1), y que recomienda a los Estados miembros 'con un sistema de servicio militar obligatorio, allí donde tales disposiciones no hayan sido ya hechas, que introduzcan varias formas de servicio alternativo para los objetores de conciencia' (párr. 3), el cual 'debería ser en principio de naturaleza no combatiente o civil, de interés público y no de carácter punitivo' (párr. 4).

reconocimiento de la OC Reconocido