Aunque Finlandia reconocía el derecho a la objeción de conciencia en el momento de la denuncia, el denunciante no estaba reconocido inicialmente como objetor de conciencia, y en la apelación se le ordenó realizar un servicio militar sin armas, lo cual rechazó. Posteriormente fue condenado a 9 meses de cárcel por negarse a cumplir el servicio militar.
El Comité de Derechos Humanos no admitió a trámite la denuncia, argumentando que“el Pacto no otorga el derecho a la objeción de conciencia; ni el artículo 18 ni el artículo 19 del Pacto, sobre todo considerando el párrafo 3 (c) (ii) del artículo 8, puede interpretarse que impliquen ese derecho.”
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