23. Al Comité le preocupa que no exista un servicio civil alternativo que permita a los objetores de conciencia al servicio militar ejercer sus derechos de conformidad con las disposiciones del Pacto. También preocupa al Comité que se pueda obtener la exención del servicio militar mediante el pago de una tasa y la discriminación que puede derivarse de ello (artículos 18 y 26 del Pacto).
El Estado parte debería establecer una alternativa al servicio militar que sea accesible a todos los objetores de conciencia y cuya naturaleza, costo y duración no sean punitivos ni discriminatorios.
reconocimiento de la OC | Reconocido |